sábado, 4 de octubre de 2008

Peregrinación a la Basílica de Ntra. Sra. de la Caridad


Por todos es sabido que este año celebramos en Sanlúcar el Año Jubilar Mariano, al cumplirse en 2008 los 400 años de la llegada de la Virgen de la Caridad a nuestra ciudad.

Por este motivo se nos concedió el privilegio de ganar la Indulgencia Plenaria cumpliendo con una serie de requisitos: Confesión, peregrinación y celebración de la Eucaristía en la Basílica.

Y esto es lo que la Hermandad quiere ofrecer a los hermanos y devotos en general, la posibilidad de lucrar dicha Indulgencia en comunidad, con todas aquellas personas que deseen acudir. Por ello hemos organizado, junto con la Hermandad del Silencio, una peregrinación a la Basílica el día 25 de Octubre; saliendo de la Parroquia de San Nicolás a las 18 horas y participando de la Sagrada Eucaristía en la Basílica, a nuestra llegada.

Quizás haya muchas personas que no conocen exactamente el significado de la Indulgencia Plenaria, por lo que desde aquí queremos aclarar las dudas que cualquiera de nosotros pueda tener:

Según el catecismo "La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, (mediante el sacramento de la confesión), que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos".

En el Sacramento de la Penitencia se perdona la culpa y la pena eterna que merece el pecado, pero no se perdona el castigo temporal, (pena temporal), que requiere la justicia divina. Este debe ser satisfecho en esta vida o en el purgatorio. La Iglesia como administradora, (no dueña), de este tesoro, determina las condiciones para la concesión de la Indulgencia y toma en cuenta tanto la misericordia de Dios como los requisitos de su justicia, perdonando la pena temporal mediante el logro de la Indulgencia.

Hay que recordar que la Indulgencia Plenaria requiere recibir el Sacramento de la Penitencia en fechas próximas a la peregrinación, en la medida de las posibilidades de cada uno y que dicha Indulgencia se puede ganar o bien para uno mismo, o bien para un difunto.